Un inmueble para comprar, vender o hacer sucesiones. → El Inmueble debe inscribirse en el registro para poder escriturar y la firma de hace ante un escribano publico como control
"El inmueble se obtiene a partir de la inscripción en el Registro de Títulos por medio a un acto de compraventa del inmueble, previamente legalizado ante un abogado Notario"
Las personas que adquieran un inmueble deben, previamente, incribirlos en el Registro de Títulos
Desde un punto de vista extrictamente legal, la afirmación es inexacta. Nuestra ley exige para la adquisición del dominio sobre un inmueble dos requisitos: 1) Título Suficiente, que consiste en un acto jurídico idóneo para transmitir un derecho real (compraventa, donación, permuta, etc)que debe ser plasmado en una escritura pública y 2) Modo Suficiente, dado por la "tradición", es decir, el acto material de entrega del inmueble a los efectos de transmitir la posesión, que se materializa con el traspaso de las llaves.
El dominio ya ha macido. Sólo a los fines de darle publicidad a dicha adquisición frente a terceros interesados (por ej. acreedores), la ley exige la inscripción registral.
2011-10-03 20:56:54