Un inmueble para comprar, vender o hacer sucesiones. → El Inmueble debe inscribirse en el registro para poder escriturar y la firma de hace ante un escribano publico como control
Lo más importante, antes de comprar, es informarse, sobre todos los aspectos legales de la operación. En Argentina, nuestro sistema normativo cuenta con un buen número de disposiciones que tienden a erradicar el fraude inmobiliario, estadísticamente inapreciable. Por ello, y por ser su causa directa, la medida preventiva para evitarlo es la información.
Se trata, de informar y educar al consumidor, y todo ello, con claridad y sencillez, prescindiendo, en la medida de lo posible, de la reseña de las concretas disposiciones legales aplicables a cada caso. Los medios con que cuenta el Registro de la Propiedad Inmueble para conseguir este objetivo son plurales, y abarcan desde la publicación de impresos y folletos, la organización de jornadas divulgativas, y la suscripción de convenios con las organizaciones públicas y privadas interesadas en la protección del consumidor, hasta las Oficinas de Información que se encuentran repartidas por todo el territorio nacional (los propios Registros), a cargo de los respectivos registradores.
La propiedad de un inmueble se adquiere mediante la inscripción en el Registro de Títulos correspondiente de un acto de compraventa, legalizado ante Notario, que cumpla con los requisitos legales. Una vez inscrito el acto, el Registrador de Títulos expedirá a nombre del comprador un Certificado de Título que comprueba su derecho de propiedad sobre el inmueble.
2011-10-03 20:57:12