Adquiere una vez realizado el acto juridico osea la compraventa la cual luego va a ser realizada en

Un inmueble para comprar, vender o hacer sucesiones. → El Inmueble debe inscribirse en el registro para poder escriturar y la firma de hace ante un escribano publico como control

El dominio se adquiere una vez realizado el acto juridico osea la compraventa la cual luego va a ser realizada en escritura publica la que luego para ser opnible a tercero debera ser inscripta en el registro publico de propiedad inmueble. esos son lso pasos para poder ser titular de dominio ojo que con la firma de la escritura uno ya es titular. la inscripcion es solo a los efectos de la oponibilidad.
El inmueble se obtiene a traves de la celebración de un contrato de compraventa y adquiere el caracter de oponible hergaomnes desde que se realiza la publicida a través de la Inscripción en el Registro.
Verdad.
El dominio del inmueble se adquiere mediante el titulo y modo, esto es por la compra-venta y por la inscripcion respectiva en el Registro Publico del Inmueble.
Lo de"peviamente legalizado" se refiere a la escritura publica, requisito para que la transferencia sea oponible a terceros. El Registro es el Registro de la propiedad.

2011-10-03 20:56:47

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